1. Permitir la extensión de la vida útil del proyecto Dump Oeste hasta el año 2030 para poder procesar un estimado de 50 millones de toneladas del total autorizado. 2. Permitir la extensión de la vida útil de los Botadero Norte, Sur, Baquedano y Postación, hasta el año 2030, para efectos de disponer el material lixiviado en el remanente de estos botaderos existentes. 3. Disponer la cantidad aprobada del Botadero Oeste en el Botadero Sur, Baquedano y Postación. Estado: Resuelta
EnlaceSe requiere un pronunciamiento sobre el proyecto Seleccionadora de Áridos BERMAQ donde indique que esta planta no debe ingresar al SEIA ya que no reúne los requisitos contemplados en el art. 10 de la Ley 19.300 Art. 3 del reglamento del SEIA Estado: Resuelta
EnlaceEl Proyecto contempla la instalación de 9.600 paneles solares de 310 Wp de potencia, los cuales serán dispuestos en estructuras con seguimiento solar con eje único norte - sur, agrupados en un total de 321 strings, que en conjunto representan una potencia de generación en condiciones óptimas de 2,985 MW. La producción de energía se inyectará al SIC, a través de un punto de conexión (poste placa N° 42124) en la línea de media tensión de 13,2 kV de la empresa COPELEC. Estado: Resuelta
EnlaceEl proyecto en que se pretende incorporar cambios corresponde a ''CES Bahía Buckle'' el cual fue calificado favorablemente mediante Resolución Calificación Ambiental (RCA) Nº 230/2012, cuya obra propuesta consiste en la modificación en el número y dimensiones de las estructuras de cultivo, como configuración opcional o alternativa a lo establecido en su Resolución. Estado: Resuelta
EnlaceEl proyecto para el cual se evalúa la pertinencia de ingreso al SEIA, producto de la incorporación de modificaciones menores, corresponde al “Centro Logístico de Cales y Carbonatos”, el que fue calificado ambientalmente favorable mediante RCA Nº 147/2014 y posteriormente modificado por RCA Nº 094/2015. El proyecto considera la importación, almacenaje y despacho de óxido de calcio o cal viva (corrosiva) y la recepción, acopio, tratamiento y despacho de carbonato de calcio (no peligrosa). Estado: Resuelta
EnlaceLa empresa Aseo urbano y Áreas Verdes Tranfich Ltda, Rut es 78.996.919-2, tiene como actividad el Aseo de calles y áreas verdes, así como retiro de basura domiciliaria. Su dirección Comercial actual es Luis Beltran 1008, Comuna de Pudahuel. Su Representante Legal es Jacqueline Fischer Petit, Rut: 9.992.270-2, tiene el 52 % de participación en la sociedad. Almacena en bodega de sustancias Peligrosa hipoclorito de sodio, (NaClO) al 10%, el cual se para el lavado de calles y camiones. Estado: Resuelta
EnlaceEl proyecto considera la robotización de análisis químicos que posean una demora de más de 6 horas en las instalaciones del Laboratorio Químico Central, por lo que es necesario habilitar dos testigotecas existentes para instalar el equipamiento necesario para realizar dichos análisis, el que beneficiará la precisión, mejorar la eficiencia y el nivel de seguridad para los usuarios, así como reducir los riesgos de la salud del personal. Estado: Resuelta
EnlaceEl proyecto considera reemplazar el sistema de tratamiento de olores de la planta de pretratamiento de aguas servidas del Emisario Submarino San Vicente, por medio de carbón activado, que trata los gases generados por sólo una parte de las instalaciones, por la incorporación de un sistema de lavado de gases, a través de la tecnología de Scrubber, con aplicación de soda caustica líquida, que tratará los gases generados por la totalidad de las naves que albergan los procesos de pretratamiento. Estado: Resuelta
EnlaceSe solicita el pronunciamiento respecto a la posibilidad de habilitar pozos de extracción de salmuera, para un caudal máximo de extracción de hasta 120 L/s, dentro de la tasa de extracción de salmuera autorizada de 300 L/s como promedio anual, a profundidades mayores de los 30 m considerados originalmente y hasta una profundidad máxima de 200 m, todos ellos dentro del área A-1, manteniéndose dentro de la misma unidad hidrogeológica (Núcleo del Salar). Estado: Resuelta
EnlaceConsiste en homologar la medición continua de Opacidad establecida en el Anexo 5 de la RE N° 007/1996, de la COREMA de la Región Metropolitana, que calificó favorablemente el proyecto “Central Termoeléctrica Renca y Nueva Renca”, con la estimación de emisiones MP en base a metodología alternativa elaborada por la US-EPA y aprobada por la SMA mediante RE N° 438/2013, que aprobó el "Anexo II: Monitoreos alternativos y monitoreos en fuentes comunes, bypass y múltiples chimeneas". Estado: Resuelta
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